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Ecuador: Hasta marzo de 2021, están prohibidos los incrementos de tarifas de agua, luz, teléfono e Internet.

(el universo) Hasta marzo de 2021, están prohibidos los incrementos en los valores, tarifas o tasas de servicios básicos de agua potable, energía eléctrica, incluyendo los servicios de telecomunicaciones e internet, sean éstos prestados de manera directa por instituciones públicas o por delegación o por privadas.

Así lo determinó la Asamblea Nacional al aprobar este 19 de junio la nueva Ley de Apoyo Humanitario cuyo objetivo es aplicar medidas para mitigar los efectos adversos derivados de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

La Ley aprobada pasará a publicarse en el Registro Oficial una vez que los legisladores evacuaron 32 observaciones que hizo el Ejecutivo al proyecto de Ley, que se aprueba casi a los cien días de haberse declarado la emergencia sanitaria en el país.

Según lo aprobado, todas las empresas que brinden servicios básicos, internet y telecomunicaciones suspenderán temporalmente los cortes por falta de pago de estos servicios mientras permanezca vigente el estado de excepción que inició el pasado 16 de marzo, hasta por dos meses después de su terminación.

Los cobros de los valores pendientes por los servicios de agua, luz, internet y telecomunicaciones empezarán 30 días después que entre en vigencia esta Ley; para ello, se dividirá en doce cuotas iguales y sin intereses, multas ni recargos.

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