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Ecuador: Pastor evangélico sentenciado por la violación de dos niñas; contagió enfermedad venérea a una de las víctimas

La Fiscalía informó sobre un caso de violencia sexual y de género dentro de una misma familia que era perpetrado por un hombre que cumplía funciones de pastor evangélico en Ecuador. Un Tribunal Penal dictó una sentencia de 29 años y cuatro meses de cárcel en contra del religioso Manuel Alfonso R. por la violación y abuso sexual de su nieta y la hermana de la niña.

El hecho ocurrió en agosto de 2018 en Durán, provincia de Guayas. La investigación de Fiscalía comenzó el 21 de ese mes, cuando una mujer denunció la violación de su hija de seis años y el abuso sexual de su niña de tres. La agresión sexual a las infantes ocurrió en el hogar del agresor, en la Cooperativa Los Helechos.  Una de las niñas sufrió el contagio de una enfermedad venérea a raíz de la agresión.   Según las investigaciones del Ministerio Público, «el agresor sería el abuelo de una de las víctimas, ya que la madre de las niñas también habría sido violentada sexualmente por el procesado cuando ella era adolescente, hace aproximadamente catorce años, caso que no fue denunciado por las amenazas de muerte que hiciera el ahora sentenciado a su pareja, a su hija y a las víctimas, de 6 y 3 años de edad, a la fecha de cometido el delito». El fiscal Harry Velázquez presentó ante los jueces del Tribunal de Garantías Penales del Guayas, Martha Gavilánez, Manuel Armas y Fabián Mármol, las pruebas contra el religioso, durante la audiencia de juicio en la Unidad Judicial de Durán.

Entre las evidencias, el investigador expuso el testimonio anticipado de las víctimas, en los que identifican plenamente a su agresor; los testimonios de sus familiares, de los peritos médicos, psicólogos y de agentes aprehensores e investigadores. Durante el proceso, el fiscal Velázques aportó también las pruebas documentales, entre las que constan la valoración médica y el informe psicológico, que evidenció los rasgos y características de las víctimas de violación; el test de credibilidad practicado a las menores y el de entorno social, además del informe de reconocimiento del lugar de los hechos. El pastor fue procesado según el artículo 171, primer inciso, numeral 2, y segundo inciso, numerales 1, 3 y 6, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona al infractor con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años. Los jueces acogieron las pruebas presentadas por Fiscalía y emitieron la sentencia de 29 años y cuatro meses de privación de libertad contra el pastor.

En este caso, los magistrados consideraron las agravantes dispuestas en el artículo 48, numerales 3, 5 y 9 (por haber contagiado a las víctimas con enfermedad grave, cuando el agresor es parte de su núcleo familiar y conocerlas con anterioridad a la comisión de la infracción), que aumentan en un tercio la pena impuesta. Además, en la condena se incluye el pago de una multa de 1 000 salarios básicos unificados (USD 400 000) y de USD 10 000 como reparación integral a las víctimas. Las niñas, víctimas del pastor, recibirán terapia psicológica en la Junta Cantonal para la Protección del Menor de Durán.

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