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Diario Digital Amazónico, desde 13 julio 2017

Regional

Morona Santiago: denuncian el asesinato de un puma, especie en estado de extinción, en Cantón Huamboya

Ministerio del Ambiente denunció el asesinato de un puma en Morona Santiago

(el comercio) Tras la muerte de un puma (Puma concolor) en el cantón Huamboya, de la provincia de Morona Santiago, el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica presentó una denuncia ante la Fiscalía provincial por presunto delito contra la fauna silvestre.

El animal está catalogado en peligro de extinción, de acuerdo al Libro Rojo de Mamíferos del Ecuador.

La cartera de Estado confirmó, mediante una inspección, el fallecimiento del animal (macho adulto) en la Comunidad María Auxiliadora. Según versiones obtenidas dentro de la investigación, el 1 de marzo, ciudadanos de dicha localidad y de San Francisco cazaron al felino con un arma de fuego. por haber atacado a sus animales de corral: borregos, vacas y un caballo.

Este hecho también fue alertado en redes sociales y medios de comunicación de la provincia. En el documento se detalla además que durante el recorrido por varios puntos del cantón, se encontró la piel cráneo del animal en viviendas de dos ciudadanos. En la denuncia se adjuntaron fotografías y un video publicado en un perfil de Facebook.
Juan Ordóñez, director Zonal 6 del Ministerio, rechazó categóricamente este hecho.

En dos casas del cantón Huamboya fueron hallados la piel y el cráneo del puma. Foto: Ministerio del Ambiente

“Entre el 2021 e inicios de 2022 suman 5 denuncias que se han presentado en la Fiscalía por crueldad animal. Como autoridad del Ambiente y Agua exijo que se aplique todo el peso de la Ley sobre quienes atenten contra la vida silvestre e incentiven su tráfico ilegal”, subrayó.

La denuncia se presentó con base en el Art. 247 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que señala: “la persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes… de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias… será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.

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