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ANT restringe uso de motocicletas a una sola persona

El directorio de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) aprobó este miércoles 8 de junio del 2022 una resolución que regula la circulación en motocicletas a nivel nacional a una sola persona, salvo excepciones. La Policía Nacional y otras instituciones de control se encargarán de controlar el cumplimiento.

Dos hombres, salvo excepciones, ya no podrán movilizarse junto en una motocicleta. Foto: Enrique Pesantes / EL COMERCIO

E directorio de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) aprobó este miércoles 8 de junio del 2022 una resolución que regula la circulación en motocicletas a nivel nacional a una sola persona, salvo excepciones. La Policía Nacional y otras instituciones de control se encargarán de controlar el cumplimiento.

La resolución se llama Reglamento que norma la capacidad permitida de personas que se transportan en motocicletas dentro del territorio nacional.

Una vez publicada en el Registro Oficial, solo una persona podrá circular en motocicletas, a excepción de los siguientes casos:

  • Cónyuge.
  • Hijos o hermanos.
  • Personas con discapacidad.
  • Adultos mayores.
  • Mujeres.
  • Niños menores de 12 años.

Sin esas especificaciones, dos hombres no pueden movilizarse en una misma moto.

El incumplimiento de la medida constituirá una contravención a la capacidad permitida. Por ello, la resolución contiene una disposición en la que se exhorta a la Asamblea Nacional para que recategorice las contravenciones de tránsito.

Antecedentes para la resolución

Según las autoridades del Directorio, el objetivo es normar las condiciones generales de la capacidad permitida de personas que se movilizan en este tipo de vehículos, ante los hechos delictivos que se registran en el país.

 

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