Noti Amazonía

Diario Digital Amazónico, desde 13 julio 2017

Actualidad

Ecuador: Daniel Noboa encarga la Presidencia a Cynthia Gellibert de manera temporal

El presidente de la República, Daniel Noboa, delegó temporalmente la presidencia de Ecuador a la economista Cynthia Natalie Gellibert Mora, a quien hace unos días designó como Vicepresidenta en lugar de Verónica Abad.

El encargo a Gellibert se dio pese a que la vicepresidenta Verónica Abad había anunciado que asumiría la Presidencia mientras Noboa se ausente.

A través del decreto ejecutivo No. 500, suscrito este martes 7 de enero, el primer mandatario dispuso que la asignación estará vigente desde las 17h00 del jueves 9 de enero de 2025 hasta las 16h59 del domingo 12 de enero de 2025.

Noboa también explicó que este encargo se efectúa debido a su ausencia temporal motivada por «circunstancia de fuerza mayor«, que surge a raíz del inicio de la campaña presidencial para buscar la reelección.

Ausencia temporal del Presidente

Entre los argumentos expuestos por Daniel Noboa para encargar la Presidencia, se mencionó el comunicado emitido este lunes 6 de enero por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

En su pronunciamiento, el CNE recordó a los servidores públicos en ejercicio de sus funciones la prohibición de participar en actividades de campaña electoral, así como de utilizar recursos públicos con fines electorales o intervenir en actos de inauguración de obras.

Además, la institución advirtió que estas «conductas antijurídicas» se configuran como infracciones electorales, cuyo juzgamiento es de competencia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE).

Por su parte, Noboa cuestionó «la ambigüedad» del pronunciamiento del ente electoral y justificó su decisión con el fin de evitar «que el ejercicio de las funciones y atribuciones del Presidente de la República, en cualquier evento público, se confunda con un acto proselitista y de paso a denuncias por una infracción electoral».

El decreto señala que, debido a esta «circunstancia de fuerza mayor» que impide el ejercicio de las funciones del Presidente de la República, «resulta necesario, para garantizar los principios de transparencia, equidad y seguridad jurídica, así como asegurar un uso adecuado de los recursos públicos, que se separen y diferencien de manera voluntaria los periodos en los que el Presidente ejerce sus funciones como tal y aquellos en los que se ausenta temporalmente del cargo para llevar a cabo actividades proselitistas». (fuente Revista Vistazo

Loading