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Ambiente: Ocho boas constrictor fueron rescatadas de una vivienda

Presunto comercializador de boas de la costa fue puesto a órdenes de la justicia

Santo Domingo de los Tsáchilas, 19 de julio de 2018

Mediante una denuncia ciudadana de tenencia ilegal de vida silvestre, la Dirección Provincial de Ambiente de Santo Domingo de los Tsáchilas, con el apoyo de miembros de la Unidad de Protección del Medio Ambiente, expertos de criminalística de la Policía Nacional y la Fiscalía provincial realizaron un operativo de control en el sector de San Jacinto del Búa en Santo Domingo.

Como resultado de este procedimiento se allanó una vivienda y se retuvieron seis Boas de la Costa (Boa constrictor imperator) adulto y dos juveniles en estado vivo. Además, se decomisaron otros elementos derivados: 406 piezas de carne de monte de serpiente (18,6 kg) almacenadas en un tanque con alcohol, 5.45 kg de carne fresca de monte de serpiente y 16 pieles de este reptil. En cuanto al posible infractor fue puesto a órdenes de la autoridad competente y trasladado a Unidad de Flagrancia de Fiscalía provincial.

El director provincial de Ambiente de Santo Domingo de los Tsáchilas, José Luis Cedeño, mencionó que existen tres actores para el cometimiento de este delito, “quienes capturan y comercializan la especie; luego está el traficante de animales silvestres, quien se encarga de matar, destazar y comercializar en partes o piezas, y por último, está la ciudadanía quien paga por este tipo de servicios acreditándolos a mitos y creencias”.

Los especímenes retenidos eran comercializados por 5,00 y 10,00 dólares, de acuerdo a su tamaño

Los especímenes fueron puestos a la orden de la unidad competente de esta Cartera de Estado, para su evaluación médico veterinaria. En Ecuador esta especie se encuentra en Lista Roja como Vulnerable (VU), categoría que indica un alto riesgo de extinción en estado silvestre. Mientras que, a nivel internacional en la Convención sobre el comercio internacional de especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre se encuentra en peligro de extinción, es decir que esta especie puede verse afectada por el comercio, razón por la cual esta prohíbida su comercialización.El Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona este tipo de delito en el Art. 247 donde menciona que la persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de animales silvestres en peligro de extinción, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.Dirección de Comunicación
Ministerio del Ambiente

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